Visas para viajes por tratamiento médico y por casos humanitarios
No existe una visa especial para recibir tratamiento médico o por casos humanitarios. Como cualquier otro solicitante, deberá demostrar, de acuerdo con la Sección 214(b) de la Ley de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos, que no es un posible inmigrante ilegal. Sin embargo, los funcionarios consulares darán a los solicitantes de este tipo de visa toda la consideración posible de acuerdo con la ley. Para que el caso pueda ser procesado con mayor facilidad y se determine la elegibilidad del solicitante a una visa de no inmigrante para recibir tratamiento médico en los Estados Unidos, deberá traer lo siguiente:
- Carta de su médico en Perú explicando en detalle su condición de salud actual y por qué el tratamiento no puede ser realizado en el Perú.
- Carta oficial del doctor u hospital en los Estados Unidos aceptando al paciente para tratamiento e informando el costo estimado y tiempo de duración de dicho tratamiento.
- Prueba de solvencia económica para poder pagar el costo total del tratamiento.
- Pruebas de los vínculos sociales, económicos y profesionales con el Perú del solicitante que lo obliguen a regresar al Perú luego de completarse el tratamiento médico.
Usted deberá obtener un PIN y llamar al Servicio de Información de Visas al teléfono 705-3007 e informar al operador sobre la urgencia de su viaje. Si su situación califica como urgente, el operador le asignará una cita de emergencia para su entrevista para la visa. En el caso de necesitar asistencia, recuerde solicitar una entrevista para la persona que va a cumplir dicha función.


