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REPORTE SOBRE TRATA DE PERSONAS 08

PERU (Nivel 2)

El Perú es un país donde –primordialmente- ocurren casos de trata de mujeres y niños dentro de su territorio, teniendo como propósito la explotación de estas personas a través del comercio sexual.  La mayoría de las víctimas son niñas y jovencitas provenientes de las regiones más pobres y menos desarrolladas del Perú.  Con frecuencia, valiéndose de falsa ofertas de trabajo estas jóvenes y niñas son reclutadas y posteriormente se ven forzadas a prostituirse en clubes nocturnos, bares y burdeles de distintas ciudades.  El trabajo infantil continúa siendo un grave problema en el Perú.  Menores de edad y adultos peruanos también se ven envueltos en la trata de personas en la modalidad del trabajo forzado en la industria minera, la explotación forestal, la agricultura, la pesca y la manufactura de ladrillos; así como en el servicio doméstico.  Los tratantes de personas usualmente se valen del engaño y de la coerción con el propósito de reclutar a sus víctimas para lo cual suelen hacerles falsas ofertas de trabajo.  A través de la trata de personas se logra enviar a ciudadanos peruanos al Ecuador, a España, al Japón, a Italia y a los Estados Unidos de América, con fines de explotación sexual.  El gobierno reconoce la existencia de un turismo sexual que involucra a menores de edad; de manera especial, en la región amazónica del país.

El gobierno del Perú no cumple a totalidad con los estándares mínimos necesarios para eliminar la trata de personas.  Sin embargo,  viene realizando esfuerzos significativos para cumplir con estos estándares.  El gobierno peruano no logró alcanzar un nivel adecuado en sus esfuerzos por combatir la trata de personas, particularmente en las áreas de investigación de estos delitos y  posterior enjuiciamiento de los perpetradores de los mismos, tampoco mejoró en su lucha contra la corrupción relacionada con la trata de personas ni logró brindar una protección más efectiva a las víctimas de estos delitos. A pesar de que el Perú promulgó una ley muy vasta y completa contra la trata de personas  en el mes de enero del 2007, el reglamento necesario para poder implementar esta ley aun no ha sido aprobado.  El Perú también cuenta con el borrador de un plan nacional de aplicación de la ley en el área de la trata de personas que actualmente se encuentra pendiente de aprobación.

Recomendaciones para el Perú: Aprobar el reglamento indispensable para poder implementar la amplia y completa ley contra la trata de personas promulgada en enero del 2007, así como el plan nacional para la aplicación/cumplimiento de la ley; intensificar sus esfuerzos a fin de llevar a juicio y castigar de manera adecuada a los criminales dedicados a la trata de personas; crear e implementar procedimientos formales para la identificación de las víctimas de estos delitos; capacitar a los efectivos policiales en el uso de los procedimientos para la identificación de las víctimas, así como en maneras efectivas de orientar a las víctimas y referirlas a los servicios/entidades en los que éstas pueden encontrar una adecuada protección de sus personas; incrementar el número de entidades que prestan servicios de protección a las víctimas. Por último, el Estado peruano debería desarrollar y lanzar una campaña de gran alcance para crear conciencia entre la población y prevenir la trata de personas; esta campaña debería estar principalmente dirigida a los clientes y consumidores tanto del comercio sexual como del turismo sexual que involucra a niños.

Iniciación de Acciones Judiciales

Durante el último año, los esfuerzos desplegados por el gobierno del Perú para combatir la trata de personas -asegurándose de que se cumpliera la ley- fueron bastante modestos.  En el período cubierto por este Informe, el gobierno no aprobó el reglamento requerido para permitir la implementación de la amplia y completa ley contra la trata de personas promulgada en enero del 2007.  La nueva ley define el delito de trata de personas, endurece los lineamientos o pautas sobre los que se basan las sentencias y ofrece una debida protección tanto a las víctimas como a los testigos de la trata de personas.  Sin embargo, hasta que no se elabore el reglamento para esta ley, no será posible una actuación efectiva (para hacer cumplir la ley) de parte de las fuerzas policiales.  Miembros de la Unidad de Investigaciones de la Policía Nacional del Perú asignados a investigar el delito de trata de personas han recibido información y capacitación en la lucha contra este delito.  A pesar de que el número de tratantes de personas identificados por la Policía se incrementó de 39 en el 2006 a 96 en el 2007,  y al hecho de que el número de casos llevados a juicio aumentó de siete a quince, ningún tratante de personas fue hallado culpable y condenado durante el período cubierto por este Informe.  En el mes de febrero del 2008, la Policía Nacional del Perú anunció que pensaba elevar a la categoría de División a su Unidad de Investigaciones en la Trata de Personas y que aumentaría el número de sus miembros de seis a unos 30 o 35 oficiales.  En el mes de enero del 2007, se descubrió que 59 adolescentes -cuyas edades fluctuaban entre los 11 y los 17 años de edad- estaban siendo forzados a trabajar en la cosecha de espárragos en el norte peruano.  Estos jóvenes fueron rescatados por la Policía y la compañía en cuestión viene siendo investigada por su violación a las leyes laborales vigentes en el área del trabajo infantil.  Existen numerosas barreras que impiden una investigación efectiva de los delitos de trata de personas;  por una parte, no existe un efectivo intercambio de información entre las divisiones de la Policía a nivel local, metropolitano y nacional; igualmente, no existe una debida protección de testigos dentro del Sistema de Justicia peruano.  La corrupción es un problema muy extendido en el Perú y dentro de la sociedad peruana existe una percepción generalizada de que los efectivos de la Policía toleran la prostitución de menores, así como el funcionamiento de burdeles que no cuentan con las debidas licencias y que no han cumplido con registrarse apropiadamente.  Sin embargo, no existieron informes sobre ninguna investigación en curso o enjuiciamiento de algún oficial que estuviese comprometido o tuviera algún tipo de complicidad en casos de trata de personas.  A pesar de que se ha reportado que algunas agencias de empleo o de turismo, u otros comercios aparentemente legítimos se han visto involucrados en la trata de personas, ninguno de ellos fue investigado o llevado a juicio durante el período que cubre este Informe.  Durante el último año, el Perú solicitó la extradición de individuos desde el Uruguay, España y Venezuela por el delito de trata de personas.

Protección

El gobierno proporcionó protección y apoyo limitados a las víctimas de la trata de personas. El gobierno no cuenta con ningún procedimiento oficial para la identificación de posibles víctimas de entre las poblaciones vulnerables, tampoco cuenta con canales de información respecto a entidades que proporcionan servicios de protección.  Luego de haber sido detenidas por la Policía, a las víctimas casi nunca se les informa acerca de sus derechos ni se les ofrece apoyo legal o tratamiento médico.  La Policía hace algún esfuerzo por verificar la identidad de la víctima, así como su edad y para comunicarse con sus padres, en aquellos casos en los que la víctima es menor de edad.  Usualmente, las víctimas no poseen documentos de identidad y la Policía con frecuencia las libera sin haber agregado sus datos a la lista de víctimas del delito de trata de personas o de haberles informado acerca de las entidades o albergues de protección y acogida existentes en la localidad.  Muchos menores de edad que se mueven en el campo de la prostitución regresan a los burdeles en búsqueda de abrigo y alimentos.  Durante el período cubierto por este informe, el gobierno desplegó muy pocos esfuerzos por identificar a las víctimas y por enviarlas a algún albergue (solventado con fondos del Estado) para víctimas de violencia doméstica.  Asimismo, estas instalaciones aun no cuentan con servicios especializados para las víctimas de trata de personas.  Se crearon 14 nuevos centros de asistencia en todo el país, algunos de ellos se ubicaron fuera de Lima donde la trata de personas es un problema significativo.  El gobierno del Perú no fomentó la participación de las víctimas en la investigación o el enjuiciamiento de los tratantes de personas, ni tampoco proporcionó la debida protección a las víctimas o a los testigos en ninguno de los juicios.  El gobierno no sancionó a las víctimas por haber cometido acciones ilegales como resultado directo de haberse visto involucradas en la trata de personas.

Prevención

El gobierno ofreció una capacitación permanente en la lucha contra la trata de personas y desplegó esfuerzos preventivos durante el período cubierto por este Informe.  El Ministerio de Turismo desarrolló una campaña contra el turismo sexual con la participación de menores, la misma que estuvo dirigida a la industria turística; asimismo,  capacitó a 100 conductores de moto-taxis en la ciudad de Iquitos, con el propósito de ampliar la toma de conciencia de estas personas con respecto a la lucha contra la trata de personas; los conductores se comprometieron a informar a la Policía sobre cualquier caso sospechoso de trata de personas, particularmente aquellos en los que se vieran afectados los menores de edad.  Para comienzos de agosto del 2007, el Ministerio del Interior asumió la responsabilidad por el pago de los salarios del personal que atiende una línea directa de emergencia gratuita cubierta con fondos de la Organización Internacional de Migraciones (OIM), la misma que es utilizada para reportar casos de delito de trata de personas. El Ministerio de Relaciones Exteriores continúa capacitando a sus funcionarios consulares en temas relacionados con la trata de personas y la migración ilegal.  Durante el período cubierto por este informe, el gobierno no tomó ninguna medida para reducir la demanda existente para actos de comercio sexual o de turismo sexual infantil.