Visas de Inmigrante
Categoría de Solicitantes para Visas de Inmigrante
Cada solicitante para la visa de inmigrante pertenece a una categoría específica que ayuda a las agencias del gobierno de Estados Unidos a organizar y atender los casos de visas de inmigrante. Las categorías se determinan según el parentesco que el solicitante tiene con un ciudadano estadounidense o residente legal permanente, o en casos de visas de inmigrante basados en ofertas de trabajo, el tipo de trabajo que el solicitante hará en Estados Unidos. Existen dos tipos de categorías de solicitantes para las visas de inmigrante:
1. Categorías en las cuales NO EXISTE un límite numérico anual de personas que pueden entrar a Estados Unidos como residentes. Estas categorías incluyen ciertos familiares de ciudadanos estadounidenses.
2. Categorías en las cuales SI EXISTE un límite numérico anual, a nivel mundial, de personas que pueden entrar a Estados Unidos como residentes. Estas categorías incluyen ciertos familiares de ciudadanos estadounidenses, ciertos familiares de residentes legales permanentes de Estados Unidos y ciertos trabajadores.
En ciertas categorías de visas, el número de solicitantes para la visa suele sobrepasar el límite anual. El resultado es que estos solicitantes tienen que esperar hasta que se abre un espacio antes de que puedan ser entrevistados por un funcionario consular. El periodo de espera puede llegar a ser de varios años, según la categoría de la petición y el país de procedencia del beneficiario. Para mayor información sobre el tiempo de espera actual, haga clic aquí.
A continuación, se define las categorías de beneficiarios para las visas de residencia con límites anuales así como las categorías que no tienen límites.
NOTA IMPORTANTE: La información presentada aquí es muy básica. En varios casos existen requerimientos adicionales, los cuales no han sido enumerados aquí por motivo de espacio y para presentar la información de la manera más sencilla. Las personas que están en proceso de investigar que tipo de visa es adecuado para ellos, y que todavía no tienen un caso pendiente en la Embajada, por favor NO LLAMAR a la Sección Consular de la Embajada para conseguir mayor información. Su familiar o empleador en los Estados Unidos debe visitar las páginas Web de los autoridades de inmigración (http://uscis.gov/graphics/index.htm) o del Departamento de Estado (http://www.unitedstatesvisas.gov) para mayor información en inglés. La página de las autoridades de inmigración también incluye una guía para la selección de un abogado, si eso es de su interés.


